Emergencia turística: El Congreso aprobó la ley de sostenimiento y reactivación del sector

El Estado destinará unos $70 mil millones en aportes para atenuar el impacto del parate de la actividad como consecuencia de la pandemia. El proyecto contó con 127 votos a favor y dos abstenciones.   

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El proyecto de ley de Sostenimiento y Reactivación del Turismo fue aprobado este miércoles por el Congreso de la Nación, en una votación que terminó con 127 adhesiones y dos abstenciones.

La iniciativa pone a disposición de las empresas y los usuarios del sector una serie de herramientas que permitirán atenuar el impacto en la actividad producto del parate que comenzó en marzo como consecuencia de la pandemia de coronavirus. 

Por ese motivo, el Estado destinará unos $70 mil millones en aportes de emergencia.

“Venimos esperando esta ley hace tiempo. Además de ser un marco a la situación que estamos viviendo es un instrumento legal que dará respaldo y posibilitará instrumentar importantes acciones con el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación”, consideró el presidente del Ente Tucumán Turismo, Sebastián Giobellina. 

Posteriormente, el funcionario aclaró que “esta decisión de Diputados es un gran avance, pero aún quedan instancias que debemos esperar: la promulgación por parte del Ejecutivo y su posterior reglamentación”.

En las horas posteriores a la aprobación de la ley, el espacio político “Juntos por el Cambio”, que no participó de la votación, anunció que buscará la impugnación de la sesión.

Beneficios fiscales y económicos para prestadores de servicios turísticos

La ley decreta la extensión del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre. De esta manera, el Estado cubrirá una parte del sueldo de los trabajadores, alivianando la situación para las empresas que los contratan. Además, esas empresas tendrán una reducción del 95% del pago de contribuciones patronales.

Asimismo, se faculta al Jefe de Gabinete a establecer condiciones especiales para garantizar la continuidad de las fuentes de trabajo y de los emprendimientos turísticos, y a establecer una asistencia económica no reembolsable por un monto de hasta dos salarios mínimos.

Se prorroga también, por 180 días, el vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las empresas del sector turístico, y suspende por 180 días la traba de cualquier medida cautelar a requerimiento de la AFIP o ANSES.

Por otra parte, implica una reducción en la alícuota del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios.

A través de esta ley, además, el Estado instruye al Banco Central de la República Argentina (BCRA) a disponer de líneas de créditos para las actividades comprendidas y para municipios donde la actividad principal sea el turismo.



Beneficios para consumidores de servicios turísticos

Otra de las novedades es la inclusión de un bono vacacional, para familias que no superen los ingresos de 4 salarios mínimos, por única vez y para usar dentro del país. Para la preventa, el Estado reconocerá un crédito del 50% del monto de cada compra de servicios turísticos a ser brindados en el territorio nacional.

Se crearán también dos programa especiales: uno para el turismo de la tercera edad, donde el Estado aportará el 21% de los paquetes turísticos durante las temporadas bajas, y otro de financiamiento a paquetes de viaje de turismo estudiantil, con una línea de crédito especial del Banco de la Nación Argentina.

Por otra parte, los establecimientos hoteleros y empresas de transporte que se hayan visto afectados o impedidos de prestar los servicios contratados con antelación de manera directa, podrán ofrecer alternativamente a los usuarios las siguientes opciones de compensación: la reprogramación de los servicios contratados, respetando la calidad, estacionalidad y valores convenidos dentro de un período de 12 meses ,la entrega de vouchers de servicios para ser utilizados hasta 12 meses posteriores al cese de la cuarentena, los cuales deberán ofrecer servicios equivalentes a los contratados u otros que pudiera aceptar el cliente, el reintegro del monto abonado por los servicios contratados mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento dentro de los 60 días de recibida la solicitud de reembolso.

Por último, el Poder Ejecutivo implementará una campaña promocional a través de medios de comunicación audiovisual, gráficos y digitales a fin de motivar los viajes a destinos nacionales y comunicar los beneficios de esta ley.





 

 

Fecha de Publicación
02-09-2020