El Banco Nación ofrecerá créditos a tasa cero para PyMES turísticas

La decisión se anunció en el marco de las medidas de reactivación del Gobierno Nacional para la asistencia económica a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del sector turístico, una nueva línea de créditos.

imagen
El Banco de la Nación Argentina (BNA), junto a los ministerios de Desarrollo Productivo y de Turismo y Deportes anunció el lanzamiento de una línea de financiamiento para PyMEs del sector turismo con importantes beneficios.

Se trata de una línea de capital de trabajo que brinda hasta $10.000.000 para sociedades y autónomos, y hasta $200.000 para monotributistas del sector.

La línea cuenta con la garantía del Fondo de Garantía Argentino (FOGAR) en un 100%, y un subsidio del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) que les permite a las MiPyMEs acceder al beneficio de un año de gracia con tasa cero durante los primeros 12 meses, y una tasa de interés del 18% durante el segundo año de duración del préstamo.

Características del crédito:
Beneficiarias: MiPyMEs vinculadas a Turismo con certificado MiPyME vigente, de CLAES determinados o con “Aval Turismo”.
- Garantía: FOGAR 100% (fondos remanentes de FAE MiPyME 24%)  
- Contragarantía: Se requerirá al menos la fianza personal de los socios o accionistas que representen más del cincuenta por ciento (50%) del capital social o la fianza de un tercero.
- Monto máximo para sociedades y autónomos: hasta 2.5 meses de facturación con un tope de $10.000.000
- Monto máximo para monotributistas: para contribuyentes de las categorías A, B y C: un único desembolso de $50.000 por beneficiario/a. Para contribuyentes de las categorías D, E, F, G, H, I, J, K: un único desembolso de $200.000 por beneficiario/a.
- Tasa de interés BNA: tasa nominal anual (TNA) 24%
- Plazo crédito: Hasta 24 meses      
- Plazo gracia: 12 meses sobre capital        
- Tasa final beneficiario: TNA 0% desde cuota 1 a 12, y TNA 18% desde cuota 13 a 24.

No serán beneficiarias aquellas MiPyMEs que posean:
Cheques rechazados sin cancelar anteriores al 20 de marzo de 2020;
- Estén informadas en la central de deudores del sistema financiero en situación 3,4, 5 o 6;
- Presenten un registro de operación sospechosa emitido por la Entidad, y se encuentren en juicio con la Entidad como parte demandada.
- La persona o sociedad no debe registrar deuda en situación irregular con FOGAR

 

Fecha de Publicación
19-10-2020